PRIMERO: Se REVOCA la medida preventiva de secuestro decretada por este Juzgado en fecha 28 de abril de 2010, sobre un conjunto de mejoras consistentes en: tres (03) lagunas artificiales para cría de cachamas, una (01) casa de madera con techo de zinc, piso de cemento, servicios de luz y perforación de agua, cercada perimetralmente con alambres de púas y estantillos de cemento y madera, comprendido en una extensión de terreno propiedad de la Municipalidad, que mide cuatro mil ochocientos metros cuadrados (4.800mts.2) aproximadamente, y cuyos linderos son: norte: con mejoras de Federico Farfán, sur: con mejoras de Giovanny Berrios, este: con mejoras de Giovanny Berrios, y oeste: con la vía de penetración, ubicada en el Sector Las Mercedes, Barrancas, Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas.
SEGUNDO: No se hace condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: No se ordena notificar a las partes del presente fallo por encontrase a derecho.