Como consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCIÓN a tenor de lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda de resolución de contrato de venta con reserva de dominio, incoada por el abogado en ejercicio Fidel Vicente Sánchez López, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.039, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil "Banco Provincial, S.A., Banco Universal", en contra del ciudadano: Henry Ulises Orellana, ya identificado.
Se ordena notificar a la parte actora de la presente decisión. Líbrese boleta.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo de este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho .....