EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copias Certificadas de las Partidas de Nacimiento de las niñas XXX XXXXXXXX X XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano EMMANUEL ANTONIO ALFONZO CERNADAS, se obliga con la manutención a favor de sus hijas, por la cantidad mensual de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,oo), en mercado, los primeros cinco (05) días de cada mes, siempre y cuando la madre de sus hijas vivan en Barinas y de este Municipio de lo contrario se compromete a depositar la cantidad ofrecida en la entidad Bancaria que ella le indique, hacerse cargo de los gastos con ocasión a las festividades navideñas en el mes de Diciembre por la cantidad aproximada de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,oo), asimismo el 50% de los gastos médicos en caso de enfermedad, calzado y vestido de uso diario, como cumplimiento de la Obligación.
Este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de l.....