El Tribunal ACORDÓ Decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, en la causa N° 2C-1722-05, nomenclatura de este Juzgado, seguida al hoy joven adulto NOMBRE OMITIDO (GARANTIA DE CONFIDENCIALIDAD. ART 545 LOPNA), por la presunta comisión del delito de Lesiones Intencionales, en perjuicio de los ciudadanos JHOVANNY ENRIQUE BERMUDEZ ATENCIO y YOHANDRY ENRIQUE ATENCIO; conforme a lo dispuesto en el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; y por vía de consecuencia se deja sin efecto la medida cautelar establecida en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impuesta a los adolescentes imputados de actas.