DISPOSITIVA
Con fundamento en las razones antes expuestas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas: ORDENA, de conformidad con lo previsto en el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, SUSTITUIR LA MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD, POR UNA MENOS GRAVOSA COMO ES LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, previstas en el articulo 620 literales “d” y “b” respectivamente ejusdem, al ciudadano LUCASIO ROJAS GOMEZ, venezolano, de 19 años de edad, nació en La Victoria Estado Apure, el 11/12/84 titular de la cédula de identidad Nº V- 17.234.653, con domicilio en La Victoria, Barrio La Esperanza, casa s/n, cerca de la Guardia Nacional Estado Apure. Se presentara ante la Oficina de Libertad Asistida, cada .....