DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad bajo la modalidad de Caución Personal al Imputado DOUGLAS ANTONIO SAVARIEJO ROMERO; a quien se le sigue la presente causa, por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 ejusdem y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 218, Numeral 1 ejusdem, en perjuicio del Estado Venezolano; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordinales 3° y 6°; consistente en presentaciones cada Treinta (30) días ante la OAP y Prohibición de salir del territorio nacional sin autorización del Tribunal; se otorga la libertad desde la sala. Líbrese lo conducente.
Publíquese, .....