REVOCA POR INCUMPLIMIENTO, LA MEDIDA CAUTELAR CON PRESENTACIONES PERIODICAS, acordada en fecha 30 de Mayo de 2005, a la Acusada DUVIS CATHERINE ESCALONA, venezolana, de 22 años de edad, Soltera, natural de Mérida Estado Mérida, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.534.285, de ocupación Oficios del hogar y domiciliada en la Reserva de Ticoporo, mas abajo del Comando N° 14 de la Guardia Nacional, en la teca N° 5 en la Finca del ciudadano José Villamizar, Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana Lidia Roa Montilla. Se acuerda librar Orden de Aprehensión a la acusada, a los fines de proseguir el proceso, se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y criminalística Delegación Barinas, con fundamento legal en los artículos 250 Ord. 1°,2°,3°, 251 ordinal 4°, 262 Ordinal 3 del Código Or.....