Por cuanto el decreto de la medida solicitada constituye un medio suficiente para salvaguardar los intereses de ambas partes en litigio y la futura ejecución de una sentencia favorable a cualquiera de ellas, resulta procedente en el presente caso, decretar las medidas cautelares solicitadas, en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LAS SIGUIENTES MEDIDAS:
1.) MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR SOBRE un inmueble ubicado en el sector Las Delicias, Avenida Intercomunal, adherida a la cauchera Multiservicios La Entrada, frente al paseo Cuatricentenario, Parroquia Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del estado Barinas, cuyos linderos son: NORTE: Avenida Intercomunal; SUR: Señor José Mideros; ESTE: Señora Aera Altutruddy, y OESTE: Familia Pérez Uzcátegui; cuyo documento de.....