Así se establece.
Por todas las razones anteriormente expuestas; este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial Laboral del Estado Barinas; administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: que se ha consumado de pleno derecho la PERENCIÓN y en consecuencia, se ha EXTINGUIDO LA INSTANCIA en la presente causa.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho de este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial Laboral del Estado Barinas; a los Veintiséis (26) días del mes de Junio del año dos mil diecinueve (2019), años 209° de la Independencia y 160° de la Federación.-
La Jueza;
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