Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, CONFORME AL ARTICULO 562 De la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, en la presente causa 1C-1470/07, seguida a la Adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio de la ciudadana YELIXA DEL VALLE VILLANUEVA MIRABAL.¿ Notifíquese a las partes del SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, EL CESE DE LA CAUSA Y DE TODA MEDIDA CAUTELAR IMPUESTA, y una vez recibida las notificaciones suscrita por las partes, SE ORDENA EL ARCHIVO, debiendo remitirse oficio al Archivo de esta sección Penal de lo aquí ordenado. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal.....