D E C I S I ÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, dándole carácter de cosa juzgada.
Ciérrese y archívese el expediente.
Publíquese y regístrese.
Dado, firmado y sellado en la sala del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los veintitrés días del mes de septiembre de dos mil once. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza,
Abg. Tahís Camejo La Secretaria,
Abg. María de los Ángeles Hidalgo
En la misma fecha, en horas de despacho, se publicó la presen.....