Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN propuesta por los ciudadanos KELVIS ENMANUEL AMAYA AÑEZ y MARCIAL BENITO AÑEZ AÑEZ, en contra del ciudadano BENITO WANERGES AÑEZ. En consecuencia, se ordena la rectificación del acta de defunción de CARMEN CIRA AÑEZ DE AÑEZ signada con el número 94, libro 01, de los registros llevados por la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia durante el año dos mil cinco (2005) en el sentido siguiente: donde se lee: "KERSUIS", debe leerse "KELVIS", y en donde se lee "MARCEL" debe leerse "MARCIAL".
Particípese del presente fallo a la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia y a la Oficina d.....