SE DECLARA INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abogada Omalvis Novoa, en su carácter de Defensora Pública del acusado Yovani Jesús Terán Ramírez, contra la sentencia dictada en fecha 10.06.11 por el Tribunal 1° de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó a su defendido a cumplir la pena de VEINTIOCHO (28) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO EN GRADO DE COAUTORÍA AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 3 en concordancia con el articulo 10 numerales 1, 2, 8, 9, 12 y 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, con la agravante contenida en el articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 6 en relación con los articulo 2 y 16 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, en perjuicio de las ciudadanas H.V.P.M. (Identidad omitida de conformidad con el Art. 65 LOPNNA) y Lolimar .....