este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, SIN LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el ciudadano WILMER JESÚS PARRA PARRA, titular de la cédula de identidad N° V-15.614.235, por intermedio de su Apoderado Judicial Abogado OSCAR MARINO ARDILA ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.378, contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS.