En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente acción.
SEGUNDO: Declara INADMISIBLE el Asunto Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto, por la abogada en ejercicio María Auxiliadora Izarra Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.900, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa "AGROPECUARIA MAR DE HIERBA, C.A.", domiciliada en la ciudad de Caracas, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, el 07-04-1987, bajo el N° 04, Tomo 8-A, Pro, en contra de la Medida Cautelar de Aseguramiento, que forma parte del acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Naci.....