PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de Obligación Alimentaría, incoada por la ciudadana YANNET ADELAIDA REYES CARMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.270.056, domiciliada en el Sector Vegon Abajo, cerca de la caja de agua, Santa Rosa, Municipio Rojas, Estado Barinas; en contra del ciudadano YSAIAS DE JESUS GARCIA BARCO, con cédula de identidad Nº 13.073.366, mayor de edad, comerciante, domiciliado en el Sector La Esperanza, Córdova, Municipio Guanare Estado Portuguesa, al lado de la Escuela del Sector La Esperanza; en beneficio del niño DARWIN GARCIA REYES, nacido el día 12/08/1993, en consecuencia se FIJA DICHA OBLIGACION ALIMENTARIA en la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. 150,00) mensuales, a partir del presente mes de Febrero del año 2008: en el mes de Agosto la suma de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.- 200,00), para cubrir los gastos de Uniformes y Útiles Escolares, más una cuota especial adicional e.....