DECISION
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por las ciudadanas COA URBINA ROSA VIRGINIA, ROSA EMILIA MARTINEZ, MARCELA SUSANA RODRIGUEZ DE ROMERO, las dos primeras venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.552.686, 9.384.150, y la tercera E- 81.866.844 en contra la ASOCIACION COOPERATIVA "SUCRE 1880" identificada en autos y en consecuencia, se condena a la demandada al pago a la ciudadana COA URBINA ROSA VIRGINIA, la cantidad de TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs.377,40), a la ciudadana ROSA EMILIA MARTINEZ, la cantidad de TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs.377,40), a la ciudadana MARCELA SUSANA RODRIGUEZ DE ROMERO, la cant.....