declara como únicos y universales herederos del de-cujus Eleuterio José González España, al solicitante ciudadano Miguel Andrés González España, y a los ciudadanos Elsa María, Jesús Rafael, Libia de Jesús, Augusto Silvino, Rosa Marina y Cruz Inocente González España, hermanos del causante, y a los ciudadanos Carlos Enrique, Reinaldo Enrique, Luis Javier, Luis Ernesto y Delia Carolina González González, sobrinos del referido causante e hijos del hermano de aquel y premuerto Luis Augusto González España, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.916.120, 3.916.649, 1.989.048, 1.986.109, 4.259.165, 3.592.501, 4.926.997, 15.447.898, 11.263.762, 13.263.751, 15.447.899 y 17.035.379, respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros