PRIMERO: CONDENA al acusado STALIN RAMON DURAN OLLARVES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V.-13.702.045, natural de Acarigua Estado Portuguesa, soltero, fecha de nacimiento 03-09-1974, obrero, residenciado en el Barrio Primero de Diciembre, etapa 3, calle 17, casa N° 257 Barinas Estado Barinas a cumplir la pena de Diez (10) años de prisión por la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal se mantiene la medida de privación de libertad del acusado, la cual deberá ser cumplida en el Internado Judicial del estado Barinas. TERCERO: Se acuerda librar boleta de encarcelación. CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal quedaron las partes not.....