Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada Aida Briceño, en su condición de defensora pública; contra la decisión dictada en fecha 15.04.2015 y publicada en fecha 17.04.2015, por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto medida de privación judicial preventiva de libertad, en la causa seguida a los imputados Miguerlay Chiquinquirá Chacon Rodríguez, Mayra Alejandra Leal Betran, José Gregorio Santana Pérez, Ismael Enrique Valencia Olivares y José María Valencia Olivares, por encontrarse incursos en la presunta comisión de los delitos Hurto Agravado, Robo Agravado, Robo de Vehículo Automotor, Porte Ilícito de Arma De Fuego, Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Hurto, Aprovechamiento del Delito de R.....