Por tanto, este Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Decreta: LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado Orlando Suárez Vegas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 17.376.277, fecha de nacimiento 28 de Febrero de 1973, casado, obrero, residenciado en el Barrio Menca de Leones, calle 02, casa N° 24 Socopó Estado Barinas, por la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del delito, previsto y sancionado en el Artículo 472 del Código Penal en perjuicio del medio ambiente. Así se decide.
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No 03
ABG. JOSEFINA LOBOSCO RONDON
LA SECRETARIA
ABG.