DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa seguida a las adolescentes identidad omitida conforme a la ley y donde aparece señalada como víctima la niña identidad omitida conforme a la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 562, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión y remítase al Archivo Judicial Fiscal de la presente decisión