IV
D E C I S I Ó N
En fuerza de las razones expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para sustanciar y decidir el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por el abogado en ejercicio CARLOS HENRY CARRASCO CARRASCO actuando con el carácter de apoderado judicial del COMPLEJO AGROINDUSTRIAL AZUCARERO EZEQUIEL ZAMORA, S.A. contra el acto administrativo N° 109/09 de fecha 04 de noviembre de 2009, dictado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Portuguesa y Cojedes.
SEGUNDO: DECLINA la competencia para conocer del presunto asunto a la jurisdicción contenciosa administrativa
TERCERO: ORDENA remitir el presente expediente al Juzgad.....