Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y en uso de la facultad conferida por el numeral 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal OTORGA al penado: MAURO QUINTERO MONSALVE, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 10.163.054, domiciliado en Urb Andrés Bello, Calle 1, N° 97-95, Cuesta del Trapiche, San Cristóbal, Estado Táchira y actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente, en Santa Ana, Estado Táchira, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente, en Santa Ana, Estado Táchira, la formula de cumplimiento de pena consistente en DESTACAMENTO DE TRABAJO, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 507 del Código Orgánico Procesal Penal.