En consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, por estimar que el referido convenimiento va en beneficio del interés superior del niño GERONIMO ADONAY ALTUVE CEDEÑO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte Formal HOMOLOGACION, ordena el cese del procedimiento y en consecuencia el Archivo del Expediente. Regístrese, publíquese y expídase las copias de Ley.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.- Libertad, a los veintisiete (27) días de Octubre del Dos Mil Nueve (2.009).- Año 199° y 150°.
LA JUEZ
Abg. NORIS ASTINA ROMERO FRIAS
EL SECRETARIO,
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