En mérito de las motivaciones antes expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos y bienes de los cónyuges, ciudadanos: LUÍS ÁNGEL SIERRA MIRANDA y MARÍA JOSÉ AURE ALBARRÁN, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del Estado Barinas, en fecha 30 de agosto de 2012, según se evidencia en copia certificada del acta de matrimonio Nº 79, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del Estado Barinas, en fecha 07 de febrero de 2013, cursante al folio tres (03) con su respectivo v.....