DECRETA: LA CESACION de la Medida por el cumplimiento total de la sanción impuesta, de conformidad con lo previsto en los artículos 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes. Ofíciese al Archivo de esta Sección del Adolescente, para que cumplidas todas las notificaciones y en el lapso del ley se remita la presente Causa al Archivo Judicial. Cúmplase.-