DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio Unipersonal Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Admite el escrito de Acusación Fiscal; así como los medios probatorios. SEGUNDO: Se Admite el Procedimiento por Admisión de los Hechos, establecido en el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: CONDENA: al Ciudadano: LUÍS ARTURO GUAJIBIO JAKANAMEJOY, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.239.198, a cumplir la pena de: OCHO (08) MESES DE PRISIÓN; por la comisión del delito de: POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se acuerda la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de liberta.....