En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: CORREA NORIEGA LUIS CARLOS y RODRIGUEZ TUDELO ARELIS KARINA venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.837.637 Y V- 16.513.495 respectivamente; en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha veintidós (22) de Agosto de 2001, según consta en Acta de Matrimonio anexa, que quedó inserta bajo el Nº 119, en los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante la Prefectura del Municipio Barinas del Esta.....