PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 20-12-05, por el abogado JOSE JOAQUIN TORO SILVA, en su carácter de Procurador Agrario Regional del Estado Barinas.
SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada en fecha 16-12-05, por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas.
TERCERO: DECLARA SIN LUGAR la acción de reivindicación.
CUARTO: no se condena en costas a la parte perdidosa por cuanto este Juzgador tuvo motivos racionales para litigar y por tratarse de una materia especial como lo es la materia agraria de un gran contenido social.