DISPOSITIVA.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: La Incompetencia de este Tribunal para conocer la presente demanda de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, intentada por el Abogado JORGE ENRIQUE RODRIGUEZ ABAD, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad Nº 8.188.496, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 26.971, en contra del ciudadano DAVID COIRAN CAVALCANTI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.082.350.
SEGUNDO: Declina su Competencia para conocer de la presente demanda de Intimación de Honorarios Profesionales en el JUZGADO DE MUNICIPIO BARINAS (DISTRIBUIDOR) DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
TERCERO: Déjese transcurrir el lapso legal previsto en el artículo 69 del Código de Proce.....