La Fiscalía en la audiencia preliminar solicita en enjuiciamiento del acusado Jhoan Manuel Mendoza Avila, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOR, previsto y sancionado en el artículo 5 Y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de vehículo automotor en perjuicio del ciudadano José Ventura Corrales Polanco; promoviendo así todos los elementos probatorios para el respectivo juicio oral y público. Por su parte la defensa solicitó no se admitiera la acusación fiscal y en su defecto se acordara una media cautelar a su defendido.
El Tribunal, respecto a la solicitud de la defensa la considera improcedente ya que la acusación reúne los requisitos exigidos por el artículo 326 del COPP. Se admite la acusación fiscal con la calificación jurídica presentada, respecto a las pruebas se admiten parcialmente, de conformidad a lo establecido en el artículo 330 del COPP, en razón: