EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la niña MAURYN LUGO MONCADA.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano MANUEL ANTONIO LUGO ZABALA, ya identificado; se obliga con la manutención a favor de su hija por la cantidad mensual de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 150,00) los dias diez de cada mes, a partir del presente mes de Mayo 2008; mas dos cuotas especiales al año la primera en el mes de Septiembre con ocasión al inicio del año escolar por la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 400,00), y la segunda en el mes de Noviembre con ocasión a las festividades navideñas, por la cantidad de MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.f. 1.000,oo), es menester hacer notar que su hija tiene seguro medico que cubre todo los gastos en caso de enfermedad, asimismo el 50% de calzado y vestido de uso diario, como cumplimiento de la Obligación.
TERCERO: Dichas c.....