Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte actora. Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria de fecha 21 de noviembre de 2.017 proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, con la motivación aquí expresad.