Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 18 de Mayo de 2004, mediante la cual condenó a la Acusada NANCY DEL CARMEN GARCÍA GIRALDO, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRESIDIO, más la penas accesorias de Ley, por imputarle responsabilidad en la comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 457 del Código Penal. EJECÚTESE dicha Sentencia. La Penada NANCY DEL CARMEN GARCÍA GIRALDO, fue detenida preventivamente en fecha 17-08-03 y le fue otorgado el beneficio de MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD en fecha 1°-10-03, por el Tribunal de Control N° 04, permaneciendo recluida por un lapso de UN (01) MES Y CATORCE (14) DÍAS, faltándole por cumplir la pena de: DOS (02) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y DIECISEIS (16) DÍAS, más las penas accesorias de Ley, evidenciándose de las actas que la misma no se encuentra detenida, se ordena LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN, por cuanto el.....