DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 02, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR SOLITADA POR LA DEFENSA al acusado DANIEL VERA MOLINARES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad V- 22.118.711 (LA PORTA), de 20 años de edad, grado de instrucción,3er Grado, nacido el 21-11-1990, en San Cristóbal Estado Táchira, profesión u oficio Obrero, hijo de Daniel Vera (V) y de Elizabeth Molinares (V), residenciado en Barrio Santa Bárbara Bendita calle 9 avenida 22 en Socopo, Barinas, Estado Barinas, a quien se le sigue causa penal por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehiculo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 5y 6 Nº 1,02, 03 y 12 de la Ley Orgánica sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en perjuicio del ciudadano Henderson Javier Duque y Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y s.....