DISPOSITIVO:
Por los fundamentos de hecho y de derecho y los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipios Barinas del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA: PRIMERO: NIEGA la reposición de la causa solicitada. SEGUNDO: Se considera legitima, válida y legal la citación practicada a la ciudadana ROSA JAEN, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.691.754 de este domicilio en nombre y representación de la Empresa SEGUROS NUEVO MUNDO S.A, identificada en autos. TERCERO: Notifíquese a las partes.