Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION interpuesto por el abogado Antonio José Moncada Contreras, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano Julián Eduardo Guerrero Rivas, contra la decisión dictada en fecha 24.05.2011 y publicada en fecha 23.06.2011, por el Tribunal 4° de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al Ciudadano: JULIÁN EDUARDO GUERRERO RIVAS, a cumplir la pena de: DIEZ (10) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de: OCULTAMIENTO ILÍCITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte, en concordancia con el 163 numeral 7° de la Ley Orgánica de Drogas; en perjuicio del Estado Venezolano; y de conformidad con el artículo 455 procesal, se fija la .....