PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de nulidad incoada por la ciudadana JASMIN GUTIERREZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.204.570, contra la Providencia Administrativa Nº 0001037-2016, dictada en fecha 30 de septiembre de 2016 por la Inspectoría del Trabajo del estado Barinas, que declaró sin lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos presentada por la referida ciudadana en contra por la sociedad mercantil BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C. A. BANCO UNIVERSAL., supra identificada. SEGUNDO: Se mantiene firme y con todos sus efectos jurídicos el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 001037-2016, dictada en fecha 30 de septiembre de 2016 por la Inspectoría del Trabajo del estado Barinas. TERCERO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo. CUARTO: Notifíquese de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de.....