En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, declara improcedente, la solicitud de aclaratoria de la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha 01-12-2011, solicitada en fecha 23 de febrero del 2012, por la abogada Gisela Romero de Crespo, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 8.008, con el carácter de apoderada judicial del ciudadano HÉCTOR RAFAEL CRESPO ROMERO.