Por las razones antes expuesta, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALEMNETE CON LUGAR la demanda de Revisión de la Obligación Alimentaria, interpuesta por FRANCIS COROMOTO CARDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 9.268.328, domiciliada en ésta Ciudad de Barinas, procediendo en su condición de madre de los adolescentes: CARLIS MERCEDES, CARLOS JAVIER y CARLOS EDUARDO MONTILLA CARDENAS, asistida por la abogado Angelina Roa de Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 63.154, contra el ciudadano: CARLOS JOSE MONTILLA GUDIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 8.143.986 de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el artìculo 76 de la Constitución de la Repùblica Bolivariana de Venezuela, y 366, 369 de la Ley Orgànica Para La Protecciòn del Niño y Adolescente. En consecuencia, .....