PRIMERO: Se NIEGA LA ADMISIÓN de la demanda de tercería por fraude procesal intentada por el ciudadano Gonzalo Antonio Palumbo González, en contra del Banco de Venezuela, S.A., Banco Universal, la sociedad mercantil INGPROCON 3000, C.A., y los ciudadanos Zulay María Rada Landaeta y Oscar Bracho Malpica, todos identificados.
SEGUNDO: No se hace condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: No se ordena notificar al tercero de esta sentencia, por encontrarse a derecho, y dictarse dentro del lapso estipulado en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil.