En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte su HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; en el cual el obligado, ciudadano: CARLOS JULIO RUIZ GELVIS, ya identificado, convino en depositar a partir del 01-05-2005, la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,oo) mensuales como OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, y una cantidad igual adicional en los meses de AGOSTO y DICIEMBRE para gastos escolares y como Bonificación de fin de año, para sus hijos: NATALI, CARLOS JULIO, NAYLETH CAROLINA, NORKIS NAILIBETH, NEYDIMAR, NORBELIS ANDREINA Y YACSON RODERIC RUIZ ROJAS, también identificados, en una cuenta de ahorros que se ordenó aperturar en el Banco de Fomento Regional Los Andes, Agencia Santa Bárbara de Barinas, y en .....