este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR CADUCIDAD, la QUERELLA FUNCIONARIAL, interpuesta por el ciudadano TITO JOSÉ RUÍZ SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-4.928.630, debidamente asistido por el abogado OMAR E. ARÉVALO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 37.076, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS.