PRIMERO: Se declara TEMPESTIVO, y por ende VÁLIDO, el escrito presentado en fecha 05 de agosto del 2011, por el co-apoderado judicial de la parte demandada abogado en ejercicio Eliseo Enrique Gramcko Contreras, de manera anticipada.
SEGUNDO: Se declara EXTEMPORÁNEO el escrito presentado en fecha 26 de junio de 2012, por el co-apoderado judicial de la empresa demandada.
TERCERO: No se hace condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
CUARTO: No se ordena notificar de la presente decisión, a las partes y/o a sus apoderados judiciales, por encontrarse a derecho.