En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE con lugar la querella interdictal de obra vieja intentada por la ciudadana: AIDA EL HENNAUI CHOUFI, asistida por los abogados en ejercicio Mellida Hassoun Abou Keis y Eugenio Martínez, identificados en autos.
SEGUNDO: A los fines de resguardar el bien inmueble de la querellante, descrito en el presente expediente, se ordena a la querellada realizar las siguientes medidas:
a. Desmontaje de la canal de recolección de aguas pluviales e instalación de un nuevo canal en cuestión, a todo lo largo del inmueble, entre el punto de aducción hasta su llegada a un bajante de aguas de lluvia.
b. Reparación y empotramiento de las tuberías o mangueras de desagüe de los aires acondicionad.....