Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1.- SE HOMOLOGA LA TRANSACCION celebrada entre el ciudadano Wilfredy García Sarmiento, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.260.014, y la sociedad mercantil PDVSA, PETRÓLEO, S.A. En consecuencia, se le imparte el carácter de Cosa Juzgada a dicho mecanismo de auto composición procesal.
2.- No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo y por haberlo así convenido las partes, en virtud de lo establecido en el parágrafo único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
3.- Se abstiene este Tribunal de dar por terminado el presente asunto y de ordenar el archivo definitivo del mismo, hasta tanto conste en actas el pago pendiente establecido en las cl.....