Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente demanda de divorcio formulada por los ciudadanos: HILDA DEL CARMEN MEJIAS ARAUJO y OSCAR OLINTO ROA CORDOBA,, ya identificados, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 06 de octubre del año 1.980, por ante la Prefectura del entonces Distrito Páez del Estado Portuguesa, hoy día Prefectura del Municipio Páez, Acarigua del Estado Portuguesa, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 521, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en.....