Por las razones anteriormente señaladas este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: LA ENTREGA del vehículo cuyas características son: Placas: no posee; Serial de Carrocería: AJUIN619021, Serial del Motor: 8 CILINDROS, Marca: FORD, Año: 1992, Color: NEGRO, Uso: PARTICULAR, Clase: CAMIONETA, Tipo: SPORT WAGON, Modelo: BRONCO; a la ciudadana ANA CELINA GONZÁLEZ TERÁN venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-9.986.875, domiciliada en la Urbanización La Cinqueña III, sector 4, calle 3, casa número 30, Barinas Estado Barinas, librándose el oficio correspondiente al Estacionamiento Santa Lucia ubicado en la Ciudad de Barinas Estado Barinas, a los fines de que realice la entrega del vehículo solicitado a la ciudadana ANA CELINA GONZALEZ. Se acuerda el desglose de los originales insertos en el presente asunto, en los folios 82, 83, 84 y vto.....