Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial Del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de CONVERSION EN DIVORCIO, de la presente separación de cuerpos y bienes por mutuo consentimiento, de los ciudadanos: MIGUEL ANGEL FUENTES y MAXIMINA CANELONES CAMACHO, ya identificados, y en consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que ambos contrajeron el día veintiséis (26) de febrero de dos mil catorce (2014), por ante Registro Civil Municipal del Estado Barinas, según consta Acta de Matrimonio, Nº 0187; cuya original certificada fue traída a los autos y corre inserta al folio cinco (5) de la presente causa.
Expídanse las copias de Ley.